La atención a la diversidad en la ley orgánica de educación 2/2006 de 3 de mayo, modificada por la ley orgánica 8/2013 de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).
Atención a la diversidad en la Educación Primaria
- Principios básicos.
- Normalización e inclusión.
- No discriminación.
- Igualdad efectiva.
Se tendrán en cuenta los criterios de evaluación establecidos por las adaptaciones curriculares a la hora de realizar las evaluaciones de estos alumnos.
- Alumnado que se incorpora al sistema educativo de forma tardía.
Los alumnos que presenten un desfase de más de dos años en su nivel de competencia curricular, serán escolarizados en un curso inferior al que les corresponde por edad, teniendo las medidas de refuerzo necesarias.
- Alumnado con altas capacidades.
La escolarización de este tipo de alumnado podrá ser flexible, permitiendo la impartición de contenidos y adquisición de competencias propias de cursos superiores.
Además, para el alumnado con dificultades de aprendizaje, deberán coordinar los planes de refuerzo y apoyo.
Si estás interesado en saber más puedes visitar esta pagina:
http://www.mecd.gob.es/dms/mecd/educacion-mecd/mc/lomce/lomce/paso-a-paso/LOMCEd_pasoapaso_primaria_diversidad_v4/LOMCEd_pasoapaso_primaria_diversidad_v4.pdf
- Atención a la diversidad en los equipos docentes.
Además, para el alumnado con dificultades de aprendizaje, deberán coordinar los planes de refuerzo y apoyo.
Si estás interesado en saber más puedes visitar esta pagina:
http://www.mecd.gob.es/dms/mecd/educacion-mecd/mc/lomce/lomce/paso-a-paso/LOMCEd_pasoapaso_primaria_diversidad_v4/LOMCEd_pasoapaso_primaria_diversidad_v4.pdf
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